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		 "Los delitos deben ser castigados según el daño infringido a la sociedad." Cessare Beccaria ![]() 
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			  Jurisdicción Penal                                                                             
			  Compartir     El delito en la empresa u otras entidades 
			  La actividad empresarial o corporativa conlleva la toma de muchas 
			  y rápidas decisiones sobre personas, dinero y otros medios 
			  materiales o la contratación de terceros para actuar en 
			  nombre de la empresa o en representación de ésta. Todo ello implica el 
			  riesgo de incurrir, por acción u omisión dolosa o negligente, en 
			  una infracción de las tipificadas como delito en el Código Penal; 
			  o el riesgo de ser víctima de un delito cometido contra la empresa por cualquiera de los operadores que 
			  se relacionan con ella. Delitos propios y de terceros en funciones representativas 
			  Entre las infracciones penales que puede cometer una persona 
			  jurídica mediante sus administradores, están los delitos contra la Hacienda 
			  Pública o la Seguridad Social, los delitos societarios y 
			  contables, las insolvencias punibles, la receptación y el blanqueo de 
			  capitales, los delitos contra los trabajadores, contra el mercado 
			  y los consumidores, contra la propiedad intelectual e industrial, 
			  las falsedades documentales, los fraudes, las estafas, las 
			  apropiaciones indebidas, la corrupción en los negocios y delitos contra el urbanismo, el medio ambiente 
			  o los recursos 
			  naturales, etc... .  Delitos contra la empresa 
			  Trabajadores, suministradores, competidores y otros operadores pueden cometer contra la empresa delitos 
			  tales como descubrimiento o revelación de secretos, 
			  calumnias e injurias, usurpación, hurtos, robos, extorsión, 
			  administración desleal, corrupción en los negocios, daños, etc... 
			  . Tales delitos deben ser prevenidos por una administración 
			  diligente y perseguidos en el supuesto de que ocurran, para lo que 
			  pueden contar con nuestro asesoramiento. Defensa o acción penal 
			  Protegemos los intereses de su empresa o corporación, y de sus 
			  administradores y directivos, llevando su defensa penal contra las 
			  imputaciones que pudieran realizarles, o la denuncia o querella contra los infractores penales que 
			  atenten contra tales intereses. Llevando el caso ante los juzgados 
			  y tribunales en todas sus instancias, incluida la ejecutoria de la 
			  pena o la solicitud de indulto al Gobierno ¿Cómo prestamos los servicios y qué honorarios tienen? Las tecnologías de videoconferencia, compartición de ficheros y acceso remoto a sistemas informáticos, facilitan mucho el proceso de reuniones y estudio del caso penal que preocupa a su empresa, lo que nos permite atenderle en cualquier lugar de España o del mundo. Lo hacemos de la siguiente manera: CONSULTA INICIAL Y PRESUPUESTO POR ESCRITO Tras una primera conversación telefónica en la que el cliente nos explica los aspectos más significativos del caso, elaboramos un presupuesto de la consulta inicial y del posterior estudio del caso y, en su caso, de la posterior dirección letrada. La consulta inicial puede ser presencial o por videoconferencia. ESTUDIO DEL CASO Aceptado el presupuesto y pasada la consulta inicial, el cliente nos facilita toda la documentación del caso, pasando a analizar a fondo los hechos, pruebas y posibles calificaciones delictivas, evaluando las posibilidades de defensa (o acción)y de obtener una sentencia favorable, o de llegar a una sentencia de conformidad con justa reparación del daño. Valoramos los tiempos y costes económicos, organizativos y personales de una y otra opción, y aconsejamos al cliente la mejor estrategia a seguir si nos encarga la dirección letrada del caso. DIRECCIÓN LETRADA Tras el encargo de la dirección letrada, ejecutaremos la estrategia elegida de defensa (o acción, mediante denuncia o querella) iniciando las actuaciones necesarias para la conformidad y reparación del daño, en su caso, o preparar el juicio. Durante el proceso informaremos al cliente sobre nuestras intervenciones y acontecimientos relevantes, y celebraremos las reuniones presenciales o por videoconferencia necesarias para preparar el juicio o los escritos procesales necesarios, tanto en la primera instancia como en apelación, en su caso. HONORARIOS 
			  Los honorarios los establecemos siguiendo las recomendaciones del 
			  Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, si bien sobre los mismos se 
			  practican descuentos a los clientes habituales de otras áreas de 
			  servicio y a otros, en ocasiones, atendiendo la naturaleza del cliente y 
			  del caso.  | 
	
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